ASOCIACIÓN DE USUARIOS GNU/LINUX DE VALENCIA
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CARTA ABIERTA DE LA JUNTA DIRECTIVA
HONORABLE SR. D. VICENT SOLER I MARCO.
CONSELLER DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO
La emergencia del Covid19, ha demostrado la urgencia de que las administraciones públicas se digitalicen de manera que puedan proveer soluciones de software que no malgasten recursos públicos y que salvaguarden la soberanía de nuestros datos, al menos a nivel europeo.
El pasado 4 de mayo, el Conseller de Hacienda y Modelo Económico de La Generalitat Valenciana, Vicent Soler i Marco, según el informe firmado por Alfonso Jimenez Cantos, Subdirector General de Producción y Consolidación de las TIC firmó mediante procedimiento de emergencia un contrato (EXPTE CNMY20/DGTIC/21) por importe de 2.162.404,35 €, para el “SUMINISTRO DE LICENCIAS SOFTWARE Y SERVICIOS ASOCIADOS PARA FACILITAR EL TELETRABAJO EN LA GENERALITAT, para dotar al personal empleado público de la Generalitat de herramientas informáticas colaborativas que permitan utilizar adecuadamente las facilidades de teletrabajo en una situación de alerta como nos encontramos actualmente”
Este contrato, con un plazo de ejecución de 9 meses, o hasta la fecha en que se resuelva el expediente CNMY20/DGTIC/13 que anuncia una licitación de mas de treinta y cinco millones de euros por un periodo de 3 años, que presuponemos continuará con la misma estrategia de adquisición.
La adjudicación a TELEFÓNICA SOLUCIONES DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DE ESPAÑA, S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL, representa fundamentalmente la adquisición de licencias de software de Microsoft Office y de almacenamiento en la nube de Azure, ambas propiedad de Microsoft.
Microsoft Iberica es una empresa que actúa como mera comisionista de Microsoft Irlanda, cuya empresa matriz es una corporación con sede en USA. Nos permitimos sugerir que contratar con empresas, aunque sea mediante intermediarios, que utilizan ingeniería fiscal para no pagar impuestos en nuestro país, no es una buena noticia. Si añadimos que los servidores de Azure ni siquiera tienen ubicación en España, parece una pésima idea.
La adjudicación del contrato CNMY20/DGTIC/2, y suponemos que el contrato pendiente de adjudicación CNMY20/DGTIC/13 significa, entre otras cosas:
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Incertidumbre sobre los precios a pagar en el futuro. Al ser software propietario y privativo siempre dependeremos de los precios y condiciones que deseen imponernos en sucesivos contratos.
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La cuestionable transferencia de fondos desde la Comunidad Valenciana provenientes de los esfuerzos contributivos de todos los valencianos y valencianas, españoles y españolas, y en su «quota parte» de las ayudas de la Unión Europea, a países no comunitarios, vía pago de licencias.
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Dificultar enormemente que desde la Comunidad Valenciana se invierta en el uso de TIC libres, debilitando el tejido tecnológico de nuestra empresas, universidades, enseñantes, etc.
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El no desarrollo de centros de procesos de datos ni en nuestro territorio, ni en España ni siquiera en Europa.
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En los tiempos que se avecinan, y con los gastos sociales disparados, sorprende e indigna que una administración disponga de los recursos públicos de esta manera.
Además creemos que el contrato suscrito contradice la Estrategia de Especialización Inteligente en Investigación e Innovación de la Generalitat Valenciana RIS3 CV. En el documento se reitera en numerosas ocasiones la necesidad de apostar por la sociedad del conocimiento. Sin embargo, el plan Funcion@GVA implica adquirir soluciones de software que no generan capacidades nuevas en el tejido social y económico valenciano.
Igualmente parece que esta decisión contradice la Moción 12/IX, sobre el fomento del uso del software libre en la administración autonómica, aprobada en la sesión del Pleno de 26 de mayo de 2016 en la que se instaba al Consell, entre otras cosas, a:
- Definir políticas y establecer planificaciones que fomenten el uso del software libre en la administración autonómica, siendo esta una las líneas de acción del Plan estratégico en tecnologías de la información y las comunicaciones de la Generalitat.
- Incorporar directrices concretas para el uso preferente de soluciones libres en el Plan de transformación digital y en les nuevos sistemas de administración de justicia, así como en todos los proyectos futuros relacionados con el desarrollo de los sistemas de información.
- Potenciar en los contratos, actuales y futuros, de externalización de los sistemas informáticos, la implantación de licencias abiertas y el apoyo a modelos de negocio basados en el software libre, abriendo así nuevas oportunidades a la pequeña y mediana industria TIC de la Comunitat Valenciana.
- Priorizar la materialización de proyectos con el apoyo de fondos europeos para iniciativas basadas en software libre, en consonancia con las recomendaciones recogidas en la agenda RIS3-CV (Estrategia de especialización inteligente para la investigación e innovación en la Comunitat Valenciana) y por importantes proyectos del Programa marco de investigación e innovación de la Unión Europea, Horizonte 2020.
Nuestra Asociación, y la Comunidad del Software Libre de la que formamos parte, queremos conocer los argumentos técnicos valorados por Alfonso Jimenez Cantos, que contradicen la estrategia de especialización inteligente RIS3-CV, y la Moción 12/IX de les Corts Valencianes y entender los detalles, que no aparecen en el informe, para recomendar la contratación de las licencias de ese software y los servicios asociados.
Una administración pública debe ser referente y ejemplo para todos sus ciudadanos, y debe administrar correctamente los recursos públicos y ser fiel garante de los intereses de la ciudadanía.
Elegir soluciones que nos atan a corporaciones extranjeras, con su centro de decisión lejano, y que no se rigen por nuestro ordenamiento jurídico no parece la mejor decisión.
En la Comunidad Valenciana llevamos años invirtiendo en soluciones de software libre en nuestro sistema educativo: Lliurex, Libreoffice, Thunderbird, etc. con excelentes resultados. Parece razonable que en los otros niveles de la administración valenciana, se utilicen similares tipos de software y servicios que respeten RIS3-CV y la Moción 12/IX como se lleva años haciendo en Lliurex
Para atender lo indicado en la Moción 12/IX de les Corts Valencianes deberían, entre otras cosas:
“Potenciar en los contratos, actuales y futuros, de externalización de los sistemas informáticos, la implantación de licencias abiertas y el apoyo a modelos de negocio basados en el software libre, abriendo así nuevas oportunidades a la pequeña y mediana industria TIC de la Comunitat Valenciana.”
Por ello, pedimos la paralización de la contratación CNMY20/DGTIC/13 y la confección de nuevos pliegos de condiciones que respeten la Moción 12/IX de les Corts Valencianes.
València, 22 de junio de 2020
Carta abierta Directiva_signed